Obtén la máxima indemnización ¿igual a la indemnización por despido?. Nuestros abogados laboralistas, con experiencia en derecho laboral, están disponibles para ofrecer servicios legales en la tramitación de procedimientos de terminación voluntaria del contrato de trabajo a instancias del trabajador.
Cuando se produce un incumplimiento por parte del empleador, ya sea debido a modificaciones en las condiciones laborales, falta de contenido en el puesto de trabajo, ocupación efectiva, acoso laboral (mobbing) u otro incumplimiento grave previsto en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador tiene el derecho de solicitar la terminación voluntaria del contrato de trabajo.
La sentencia definitiva que resulta de estos procesos tiene el efecto de dar por terminado el contrato. Es importante tener en cuenta que, en general, la relación laboral continúa y, por lo tanto, el trabajador debe seguir prestando servicios y recibiendo remuneración hasta que se emita la sentencia definitiva.
Recuerde que hasta el año 2012, la indemnización corresponde a 45 días por año de servicio, y a partir de esa fecha, se reduce a 33 días. Nuestros abogados laboralistas han manejado numerosos casos de terminación de contratos con resultados altamente favorables, y estamos muy especializados en este ámbito.
Cuando existe un incumplimiento por parte del empleador en sus obligaciones laborales y esto conduce a la terminación del contrato de trabajo, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a la de un despido improcedente.
El trabajador debe comenzar presentando una demanda de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC o CMAC). Si no se llega a un acuerdo, se procederá a un juicio en el que se solicitará la terminación del contrato de trabajo, y la sentencia resultante podrá ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia.
Es crucial entender que desde el momento en que se inician acciones legales contra la empresa, el trabajador está protegido por el principio de indemnidad.
Este principio, de naturaleza constitucional, impide que la empresa tome represalias simplemente por el hecho de que el trabajador ejerza sus derechos legales. Cualquier violación de este principio podría resultar en la anulación de las medidas tomadas por la empresa.
Es importante destacar que no puede haber represalias contra el trabajador en ningún caso. La empresa no puede tomar ninguna medida en su contra. La relación laboral seguirá sin cambios.
En casos excepcionales, se pueden solicitar medidas cautelares que permitan la suspensión de la prestación de servicios o la suspensión temporal de la relación laboral.
SÍ. A pesar de ser una terminación voluntaria del contrato, cuando existe un incumplimiento por parte del empleador, el trabajador tiene derecho a recibir prestaciones por desempleo.
Nuestros abogados laboralistas, con experiencia en Derecho Laboral, están disponibles para ofrecerle nuestros servicios profesionales en terminación de contratos laborales por parte del trabajador.
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